La revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes (RTM-EC) es un procedimiento que se realiza a todos los vehículos particulares, servicio público y motocicletas que transiten por las vías colombianas, con el fin de identificar posibles anomalías en el funcionamiento de los vehículos y de esta forma prevenir un riesgo de accidente.
La 1er revisión se debe hacer a los 6 años de fecha de matricula de la licencia de transito y luego cada año.
La 1er revisión se debe hacer a los 2 años de fecha de matricula de la licencia de transito y luego cada año.
La 1er revisión se debe hacer a los 2 años de fecha de matricula de la licencia de transito y luego cada año.
La fecha de matrícula se encuentra en el reverso de la Licencia de Tránsito (matricula).
Espacio donde se recibe al cliente, se recibe la matricula, se verifica que el vehículo cumpla con las condiciones mínimas de preparación del vehículo para la revisión y se realiza el respectivo registro de información.
En este punto, el vehículo ingresa a pista de revisión y es evaluado en diferentes tipos de pruebas mecanizadas y sensoriales estipuladas en la norma técnica colombiana 5375, la cual establece los items evaluados en la RTM-EC.
La aplicación de cada prueba mencionada varía dependiendo del tipo de vehículo, a continuación mencionadas.
Terminada la RTM-EC, el director técnico del Centro de Diagnóstico Automotor (CDA), verifica que los resultados de la revisión realizada sean consistentes y verídicos, además de consolidar la presencia de alguno o varios defectos, determinando la aprobación o rechazo del diagnóstico según el caso, una vez verificado lo anterior se procede a validar y firmar el resultado del vehículo.
Las condiciones de Aprobado o Rechazado del vehículo inspeccionado varían de acuerdo a los siguientes casos:
Donde según la NTC 5375:
- Defecto tipo A: Aquellos defectos graves que implican un peligro inminente para la seguridad del vehículo, la de otros vehículos, la de sus ocupantes, la de los demás usuarios de la vía pública o al ambiente.
- Defecto tipo B: Aquellos defectos que implican un peligro potencial para la seguridad del vehículo, la de otros vehículos, de sus ocupantes o de los demás usuarios de la vía pública o al ambiente.
Una vez validado y firmado el resultado del vehículo, se genera el registro en SICOV (Sistema Integrado de Control y Vigilancia), entidad encargada de vigilar el proceso RTM-EC. Luego se registra el resultado del vehículo ante la plataforma HQ-RUNT, software del RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito), destinado para el cargue de información de la revisión donde se registra la aprobación o rechazo del vehículo según aplique.
Por último, se hace entrega de los resultados del vehículo. En caso de que el vehículo haya obtenido resultado rechazado, el propietario del vehículo contará con 15 días calendario, para realizar los correctivos pertinentes y presentarse nuevamente a una reinspección para validar si el vehículo ya cumple satisfactoriamente. Cabe destacar que dicho tiempo no exime de comparendo ni fotodetección por RTM-EC en caso de estar vencida.
Por otro lado, si el vehículo es aprobado, el certificado emitido quedará vigente desde el momento en que es entregado con vigencia de 1 año.